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Buscar enlaces P2P en Google podrá vulnerar la propiedad intelectual

La noticia de: Cultura podrá cerrar las webs de descarga sin necesidad de autorización judicial está cogiendo fuerza y mucha relevancia en este contexto. Y es que parece que la legislación en España pretender hacer responsable a un buscador del contenido de los enlaces, os transcribo el texto del que me hago eco:

[…] Javier de la Cueva, abogado especializado en propiedad intelectual, explica en declaraciones a rtve.es que los legisladores son idiotas porque no saben cómo funciona internet.

Razón lleva en lo que expuso, ya que el Gobierno español acaba de exponer su mayor fascismo, añade de la Cueva que explica que la base del problema de esta modificación de la Ley está en que arremete contra la figura del enlace.

Por ello el primer afectado por esta (esperemos que no futura) ley sería Google, que es la web de enlaces por excelencia y esta comisión dependiente de cultura decidiría si vulnera o no la propiedad intelectualEs una vuelta a la Prehistoria, añade de la Cueva que afirma contundentemente que un enlace jamás vulnera la propiedad intelectual.

Esto dejaría de tener sentido si no fuera porque la realidad que vivimos es la siguiente: ¿Cómo usar Google como Web de enlaces a redes p2p?

Muy sencillo:

  1. Introduzcimos la película o serie buscada entre comillas, por ejemplo, “Mentiras y Gordas”.
  2. Añadimos, esta vez sin comillas, el tipo de archivo que queremos buscar, en tal caso, torrent. El término buscado, por tanto es:
    “Mentiras y Gordas” torrent
  3. Pulsamos Buscar con Google.

Este es el resultado. Según nuestro Gobierno Google y nosotros estamos vulnerando la propiedad intelectual con estas búsquedas. No se si habéis notado el tono irónico de mis palabras, pero me gustaría conocer vuestra opinión al respecto.

Alberto Hornero Luque

Contínuamente relacionado con el procesamiento de imágenes y el análisis numérico, se encuentra actualmente trabajando como Ingeniero Técnico en el laboratorio de Métodos Cuantitativos de Teledetección del CSIC. Administrador del portal Linux Hispano centra sus intereses en tecnologías abiertas, desarrollos en la nube y GNU/Linux, y hace poco fundó junto a Javier Carazo una startup, Codection. Puedes seguir sus updates en @ahornero y LinkedIn.

Ver comentarios

  • Creo que la unica solución es que google se valla de españa y listo, se termina el problema, ya que la jurisdicción española no lo alcanza y punto. porque google es lo que es, gracias a que uno encuentra lo que busca. de no ser así aparecerá otro buscador que lo haga.

  • simplemente genial. esto me recuerda al articulo 270 del codigo penal en su anexo 3 (creo) que vendria a decir que el block de notas podria inducir a delito por su posesion.

    Reforma del Artículo 270:

    «1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y de multa de doce a veinticuatro meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.

    2. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses quien intencionadamente exporte o almacene ejemplares de las obras, producciones o ejecuciones a que se refiere el apartado anterior sin la referida autorización. Igualmente incurrirán en la misma pena los que importen intencionadamente estos productos sin dicha autorización, tanto si éstos tienen un origen lícito como ilícito en su país de procedencia; no obstante, la importación de los referidos productos de un Estado perteneciente a la Unión Europea no será punible cuando aquéllos se hayan adquirido directamente del titular de los derechos en dicho Estado, o con su consentimiento.

    3. Será castigado también con la misma pena quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo.»

  • Me parece muy absurdo esto, les recomiendo la pelicula RIP! a remix manifesto...busquenla que esta con subrirulos pegados...no se bien donde, pero esta

  • @rama: Parece que eso es lo que nuestro Gobierno considera justo para proteger la propiedad intelectual.

    @ubuntizando el planeta: Muy bueno sí señor! Debería publicar otra entrada al respecto, "El uso de Gedit conllevará penas de entre 2 y 10 años de cárcel", en fin, mear para no echar gota.

    @Martin: No he llegado a entender muy bien lo que comentas... a ver si me lo puedes aclarar.

  • Hola...solamente adiero a su mocion...es una cosa muy absurda todo esto de los derechos de autor validos por casi 100 años y que pertenecen a grandes corporaciones...Si estas pensando en que te canten el feliz cumpleaños en tu proxima fiesta, anda pensando en pagarle regalias a Warner...

    Lo que propongo es que vean una pelicula que se llama RIP! a remix manifesto, que trata sobre los derechos de autor y lo absurdo que se esta volviendo todo esto, en ella aparece el creador de creative commons. Para los que quieran verla, se encuentra la peli por torrent y tambien hay una version con subtitulos pegados dado que no habia subtitulos en castellano cuando yo me la baje...

    Saludos.

    PD: Es legal bajar esa pelicula...visiten http://www.opensourcecinema.org/

  • yo me pregunto, que tiene que ver la terminacion del dominio de la página alojada en un servidor?,

    si una página no está alojada en España, es decir si los servidores no estan alojados fisicamente en España, y los tienen en Rumania, EEUU, pues se regirán por las leyes de esos paises, ya que si las lleyes de esos paises no contempla nada del contenido alojado en los servidores esa pagina no la podrian cerrar.

    salu2

  • @javier parra: el problema es que la ley prevé que si la web está alojada en el extranjero, se darán instrucciones a los ISPs para que bloqueen todas las conexiones hacia esas máquinas. Siempre habrá forma de saltarse el bloqueo (uso de proxies, por ejemplo), pero me parece realmente preocupante que tengamos que llegar a ese extremo.

  • lo se, pero vamos cada vez uso menos el torrent, y el amule ni lo uso, no se que pasará cada vez vamos a peor pero...

    salu2

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